Dirección General de Rentas

La provincia de Córdoba dispuso distintas medidas para enfrentar la pandemia por COVID-19 a partir de la declaración del estado de alerta, prevención y acción sanitaria. Se establecieron beneficios impositivos para los contribuyentes que desarrollan actividades económicas no declaradas esenciales, como diferimientos de pago en el Impuesto Inmobiliario y a la Propiedad Automotor, exenciones y ayudas económicas directas para aliviar la economía de los ciudadanos en general y en especial, a quienes desarrollan estas actividades.  

¿Cuáles son las actividades económicas alcanzadas por los beneficios?

¿Puedo obtener un diferimiento en el pago de mis impuestos?

¿En qué impuestos puedo obtener el beneficio?

¿Qué actividades están exentas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos?

¿Qué contratos están exentos del Impuesto de Sellos?

¿Cómo se otorgan los beneficios de exención?

¿Cuáles son las ayudas económicas directas para actividades económicas restringidas y cómo accedo a ellas?