Dirección General de Rentas

¿Cómo se calcula el Impuesto Inmobiliario Urbano?

Se multiplica el valor de tu base imponible por la alícuota aplicada a tu impuesto, con un monto anual mínimo de $2500 para inmuebles edificados y $2680 para baldíos. Hacé clic acá para conocer la alícuota que corresponde a cada inmueble.

A su vez, para impedir incrementos superiores a los establecidos por la Ley Impositiva 2022, se aplica un tope al impuesto entre 40,5% y 49,5% en inmuebles edificados y 49,5% en baldíos.

Para los baldíos, se agrega un Fondo de Infraestructura de Redes de Gas, con un mínimo de $1570.

Además, a los baldíos que poseen un valor igual o mayor a $9.000 por m2 se les aplica un adicional para incentivar su edificación. Hacé clic acá para conocer las alícuotas que se aplican al cálculo.