Dirección General de Rentas

Decreto N° 203/2022 – Eximición Impuesto Inmobiliario por Estado de Desastre Agropecuario
Fecha de Publicación 17/03/2022
(Relacionada con los artículos 1 y 2 del Decreto N° 1366/2021)

Exime en un 67% el pago del Impuesto Inmobiliario Básico Rural, de su Adicional, de las diferencias de impuestos que pudieran surgir correspondientes a la anualidad 2022, y de FDA, a los productores agropecuarios comprendidos en la declaración de Estado de Desastre Agropecuario establecida por el artículo 1° del Decreto N ° 1366/2021, y hayan gozado del beneficio de exención dispuesto en el artículo 2° de dicho acto.

Vigente

Image Description