Dirección General de Rentas

Decreto N° 484/2022 – Eximición Impuesto de Sellos. Contratos de Leasing
Fecha de Publicación 17/05/2022
(Relacionada con el artículo 134, inciso a) de la Ley Impositiva N° 10.790, el Decreto Nacional N° 152/2022, el artículo 1231, incisos a), b), c) y e) del Código Civil y Comercial de la Nación, y el Artículo 144 incisos 1) y 2) de la Cons­titución de la Provincia)

Exime del pago del Impuesto de Sellos a los contratos de leasing donde el objeto del contrato puede:
a) comprarse por el dador a persona indicada por el tomador
b) comprarse por el dador según especificaciones del tomador o catálogos, folletos o descripciones identificadas por éste
c) comprarse por el dador, quien sustituye al tomador, al efecto, en un contrato de compraventa que éste haya celebrado
d) adquirirse por el dador al tomador por el mismo contrato o habérselo adquirido con anterioridad.
En todos estos casos el tomador debe destinar el bien objeto de los mismos, al desarrollo de sus actividades económicas.

Vigente

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