Dirección General de Rentas

Exclusión o reducción de alícuota del Régimen de Recaudación

Ingresos Brutos

¿Para qué sirve?

Para solicitar que no te recauden de nuevo o te reduzcan la alícuota, en el régimen de recaudaciones bancaria CBU (SIRCREB) o virtuales CVU (SIRCUPA).

  • La Exclusión al Régimen de Recaudación se puede dar cuando:

– Todos tus ingresos están exentos. 
– Todos tus ingresos son retenidos (agencias de quiniela y productores de seguros, entre otros).
– Tenés saldo a favor.

  • La Reducción de Alícuota se puede dar cuando:

– Realizás una actividad de intermediación.
– Tenés saldo a favor.

  • Tener clave de CiDi o Clave Fiscal AFIP nivel 2Si aún no lo hiciste, hacé clic acá  para ver el paso a paso.  
  • No tener deuda, ni incumplimientos formales o materiales asociados a la CUIT por la que realizás la solicitud. 
  • Para que la exclusión comience a partir del día 1 del mes siguiente, presentá la solicitud antes del día 13 de cada mes o el próximo día hábil. 
  • La exclusión tiene una vigencia de 6 meses o un 1 año, según el análisis del caso. Antes de su vencimiento, solicitá la renovación hasta el día 13 del mes anterior.
  • Si pertenecés al régimen de Convenio Multilateral, solicitá la exclusión o reducción por mail  a  sircreb@comisionarbitral.gob.ar si la recaudación es bancaria CBU o por mail a sircupa@comisionarbitral.gob.ar si te recaudaron sobre una cuenta de pagos virtuales CVU

Para ver el paso a paso con capturas de pantallas hacé clic acá.

    1. Ingresá a www.rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Fiscal de AFIP nivel 2 (para conocer cómo registrarte o gestionar tus claves, hacé clic acá)
    2. En tu perfil, seleccioná Gestiones y hacé clic en Nueva Gestión.
    3. Seleccioná Ingresos Brutos. Luego, hacé clic en Exclusión o Reducción de Alícuota del Régimen de Recaudación e Iniciar gestión.
    4. Elegí el tipo de solicitud: Exclusión de alícuota o Reducción de alícuota.
    5. Elegí el tipo de recaudación: Recaudaciones bancarias CBU-(SIRCREB) o Recaudaciones virtuales CVU-(SIRCUPA)
    6. Luego, seleccioná el motivo de la solicitud. En Observaciones, detallá información que consideres útil.
    7. Confirmá la solicitud y ¡Listo!

Se generará el comprobante con el N° de Gestión. Podrás realizar su seguimiento desde la sección Gestiones, en tu perfil.

Es un régimen de recaudación implementado por la Comisión Arbitral, que recae sobre Cuentas de Pago Virtuales (CVU), gestionadas por Proveedores de Servicio de pago y otras empresas dedicadas a servicios electrónicos de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros.

Todo Ciudadano que esté inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Córdoba es pasible de recaudaciones bancarias.

Si estás comprendido en algunos de los siguientes casos NO deberías estar incluido en el régimen de recaudación:

  • Tu condición es exento.
  • Te diste de baja del impuesto.
  • Estás comprendido en el Régimen Simplificado.
  • Todos tus ingresos son retenidos (productores de seguros, entre otros).

Sí, la exclusión tiene una vigencia de 6 meses o un 1 año, según el análisis del caso. Antes de su vencimiento, solicitá la renovación hasta el día 13 del mes anterior.

Es posible que el cotitular de la cuenta esté incorporado al padrón  SIRCREB - SIRCUPA y sea pasible de recaudaciones.

Consultá con el Nº de CUIT del cotitular acá.

Podés hacer la solicitud de Saldo a favor para aplicarlo en otros impuestos bajo la misma CUIT o tomar el saldo en tu Declaración Jurada. Si se trata de recaudaciones indebidas, iniciá la gestión de DEVOLUCIÓN DE RECAUDACIONES BANCARIAS – (SIRCREB).

Si tenés dudas, escribimos a través de nuestro Chat en Línea.

Iniciá la gestión Pago no Ingresado y avisanos a través de nuestro Chat en Línea para continuar con tu solicitud.

Ingresá a Iniciar gestiones y dentro de Ingresos Brutos seleccioná Régimen de retención y percepción. Luego ingresá a Reducción de alícuota, elegí la opción que corresponda e iniciá la solicitud.