Dirección General de Rentas

Adulto Mayor

Exenciones - Inmobiliario

¿Para qué sirve?

Para solicitar la exención del Impuesto Inmobiliario si sos mayor de 65 años y cumplís con las condiciones.

  • Tener clave CiDi o Clave Fiscal AFIP nivel 2. Si aún no lo hiciste, hacé clic acá para ver el paso a paso.
  • Ser mayor de 65 años al 31 de diciembre del año anterior por el cual solicitás la exención.
  • Ser titular o poseedor  a título de dueño, de un único inmueble edificado en el cual vivís y que su base imponible sea menor o igual a $8.100.000. Consultá tu base imponible haciendo clic acá.
  • Tener a mano el número de cuenta de tu inmueble. Para saber dónde consultarlo, hacé clic acá.
  • No tener más de dos automotores y que su base imponible para el año 2024 o la sumatoria de los dos, sea menor o igual a $10.500.000. Consultá tu base imponible haciendo clic acá.
  • No poseer embarcaciones 
  • Tener ingresos netos totales del mes de noviembre de 2023 menores o iguales a $ 395.000.
  • Si realizás una actividad económica y percibís una jubilación, pensión o ingresos de cualquier tipo, el promedio mensual de tus ingresos netos deben ser menores o iguales a $395.000.
  • Si el inmueble tiene más de un titular, la exención se otorgará al condómino que cumpla con todas las condiciones.
  • En caso de sucesión indivisa, si no hay Declaratoria de Herederos, el sucesor deberá cumplir las condiciones detalladas anteriormente para solicitar la exención.
  • Al final de esta guía, dentro de Más información sobre la solicitud, encontrarás las condiciones para solicitar tu exención retroactiva.

Para ver el paso a paso con capturas de pantallas, hacé clic acá.

1. Ingresá a www.rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Clave Fiscal de AFIP nivel 2 (para conocer cómo registrarte o gestionar tus claves, hacé clic acá).
2. En tu perfil, seleccioná Gestiones y hacé clic en Nueva Gestión.
3. Seleccioná Inmobiliario, elegí Exenciones, hacé clic en Adulto Mayor o Vulnerabilidad Social e Iniciar Gestión.

4. Completá con tu DNI, CUIT o Número de cuenta y hacé clic en Consultar

5. Si no estás exento y cumplís con las condiciones, seleccioná Solicitar exención.

6. Elegí la opción correspondiente Titular/Beneficiario u Otro Interesado.

7. Completá tu estado civil. Ingresá el año a eximir y si posees ingresos, indicá el origen y el monto total de noviembre del año anterior al que vas a solicitar la exención. Al finalizar, hacé clic en Guardar

8. Tildá el recuadro Declaro que es mi único inmueble y habito en él y hacé clic en Continuar.

9.  Adjuntá la documentación según la información que hayas completado y hacé clic en Continuar.

10. Completá los datos de contacto y clic en Continuar.

11. Verificá los datos ingresados, hacé clic en Enviar solicitud y ¡Listo!

Se generará el comprobante con el N° de Gestión. Podrás realizar el seguimiento desde la sección Consulta de Gestiones, en tu perfil.

Rentas te otorga la exención por el plazo de un año. Desde el 01 de enero del año por el cual solicitás la exención hasta el vencimiento de la última cuota del impuesto.

Sí. Solicitala siguiendo el paso a paso y teniendo en cuenta las siguientes condiciones.

Para periodos desde 2016 hasta 2023:

  • Tenías 65 años o más, al 31 de diciembre del año anterior por el que solicitás la exención.
  • Eras titular o poseedor de un único inmueble edificado y vivías en él.
  • Percibías ingresos netos totales inferiores a los indicados por la Normativa por el cual realizás la solicitud. Consultá los montos haciendo clic acá.
  • No tenías deudas en tu inmueble al 31 de diciembre del año anterior por el cual realizás la solicitud.

 En caso de solicitar la exención para el año 2016, tu inmueble debía tener una base imponible menor a $1.223.210,18.


En caso de solicitar la exención para el año 2020, 2021, 2022 y/o 2023, tu inmueble debía tener una base imponible que no supere los valores definidos para cada uno de esos años . Además, no debías tener más de dos automotores y su base imponible, o la sumatoria de las dos, no debía superar los valores definidos para cada uno de esos años. Si tenés una embarcación, su base imponible no debía superar los valores definidos para cada uno de los años por los cuales realizás tu solicitud.

Consultá los montos, haciendo clic acá.

Para periodos 2016 y años anteriores, solicítala si:

  • Tenías un único inmueble por el año que realizas la solicitud. Consultá las bases imponibles indicas por la Ley Impositiva de ese año y el porcentaje de exención correspondiente, haciendo clic acá.
  • Eras beneficiario de una jubilación, pensión, asistencia o auxilio a la vejez que no superaba el monto establecido por la Ley Impositiva para ese año. Consultá haciendo clic acá el mes y el monto del ingreso que debés tomar como referencia.
    Además, si cobrás tu jubilación por Anses, adjuntá el recibo de sueldo del mes de noviembre del año anterior por el cual realizás la solicitud.

Recordá que, si los periodos por los que solicitás la exención poseen deuda en instancia prejudicial o judicial, se exigirá de corresponder, el pago de gastos y honorarios. Verificá esta información en tu perfil y solicitanos la liquidación por nuestro Chat en Línea

Podrás solicitarla en cualquier momento, siempre que no estés exento y te corresponda.

Es el monto que cobrás “de bolsillo”, es decir tu ingreso con todas las deducciones realizadas.

Sí. Siempre que las sumas de tus ingresos no superen el tope establecido para el año en que solicitás tu exención.

Sí. Sus ingresos no deben superar el tope establecido para el año en que solicitás tu exención. Tené en cuenta que tus importes y los de tu cónyuge no se suman.

No. Para poder tener la exención debés ser titular o poseedor de un único inmueble edificado y vivir en él.