Dirección General de Rentas

Resolución Normativa N° 82/2021 – Exención de pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos
Fecha de Publicación 13/07/2021
(Se relaciona con el Decreto provincial N° 505/2021, Código Tributario provincial – Ley Nº 6006, T.O. 2021 y la Resolución Normativa N° 1/2017. Derogada por RN 1/2021)

Establece el beneficio de exención de pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, para aquellos sujetos que desarrollen la actividad de prestación de servicios asistenciales de salud privados (clínicas, hospitales y sanatorios) que hayan suscripto con el Ministerio de Salud de la provincia de Córdoba contratos o convenios para la atención prioritaria de pacientes afectados por Coronavirus (COVID-19).
Las actividades de “servicios de internación excepto instituciones relacionadas con la salud mental” (Código NAES 861010) que se encuentren exentos en relación a los ingresos provenientes de dicha actividad, deberán declarar los ingresos a través del tratamiento fiscal exento de los distintos sistemas o aplicativos.

No Vigente

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