Dirección General de Rentas

Consulta de situación fiscal

Ingresos Brutos

¿Para qué sirve?

Para consultar situación fiscal, tomándose en cuenta todos los impuestos a tu nombre (Inmobiliario Urbano y Rural, Automotor, Embarcaciones, Ingresos Brutos y Sellos), deudas de Policía Caminera y uso del agua -canon/multa- del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos. Además, las presentaciones de todas tus declaraciones juradas.

  • Tener a mano tu cuit.

Para ver el paso a paso con capturas de pantallas, hacé clic acá

  1. Ingresá a www.rentascordoba.gob.ar. Seleccioná Iniciar gestiones.
  2. Dentro del impuesto seleccionado, hacé clic en Consulta de situación fiscal Iniciar Gestión.
  3. Completá con el número de CUIT.
  4. Luego hacé clic en Consultar y ¡Listo!

Porque no tenés impuestos o acreencias no tributarias a pagar registrados a tu nombre. Para el impuesto de Ingresos brutos y Agentes, también se tiene en cuenta la falta de presentación de declaración jurada.

  • Impuestos: inmobiliario urbano y rural, automotor, embarcaciones, ingresos brutos, agentes y sellos.
  • Acreencias no tributarias: multas de la Policía Caminera, y de Cánones, Derechos y/o Tasas originadas por el uso y/o destino del agua del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos.

Tanto la situación fiscal regular como irregular tiene una vigencia diaria, salvo que, por gestión ingresada, se cargue por plazo determinado mayor a 1 día, dependiendo de la casuística.

En caso de tener situación fiscal irregular y pagar on line la deuda, en el momento tu situación fiscal pasará a ser regular. Si abonás con otro medio de pago, la situación fiscal se reflejará dentro de los próximos 3 días.

Sí. Verás tu situación fiscal regular una vez abonada la primera cuota.

Luego de consultar la situación fiscal, se habilitará la gestión Puede haber un error. La misma podrá gestionarse ingresando con cuit y clave fiscal o clave CiDi. Deberás adjuntar los comprobantes de pago y/o presentación de declaración jurada que correspondan para avalar tu situación fiscal.

Son proveedores quienes tengan que recibir pagos, transferencias, liquidaciones, reintegros por parte de cualquiera de los organismos y dependencias del sector público provincial no financiero (art 5 de la Ley 9086) – (Resolución Ministerial 126/2016).

Éstos proveedores, como paso previo a la efectivización de los pagos, deberán verificar tener situación fiscal regularizada.