Dirección General de Rentas

Decreto N° 617/2021 – Exención del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a la actividad de explotación de centros comerciales o shoppings
Fecha de Publicación 30/06/2021
(Se relaciona con el Decreto N° 470/2021)

Exime del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutosa los sujetos que desarrollen en el ámbito de la Provincia de Córdoba la actividad: “Explotación de centros comerciales y/o shoppings” por los hechos imponibles durante el mes de junio de 2021. Además, quedarán excluidos de los padrones de sujetos pasibles del “Régimen Especial de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos – SIRCREB” por el mes de julio.

Vigente

Image Description