Dirección General de Rentas

Exención - Estados Extranjeros, Representaciones Diplomáticas y Consulares

Exenciones - Inmobiliario

¿Para qué sirve?

Para solicitar exención de inmuebles que sean ocupados por las sedes oficiales de los Estados Extranjeros acreditados ante el Gobierno de la Nación o sus representaciones diplomáticas y consulares.

  • Tener clave de CiDi o Clave Fiscal AFIP nivel 2Si aún no lo hiciste, hacé clic acá  para ver el paso a paso.  
  • Tener adherido el Domicilio Fiscal Electrónico (hacé clic acá para conocer el paso a paso).
  • El inmueble debe ser sede oficial de los Estados Extranjeros o de sus representaciones diplomáticas y consulares.
  • Estar al día en los periodos por los cuales no solicitás la exención.

Para ver el paso a paso con capturas de pantallas, hacé clic acá.

  1. Ingresá a www.rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Clave Fiscal de AFIP nivel 2 (para conocer cómo registrarte o gestionar tus claves, hacé clic acá).
  2. En tu perfil, seleccioná Gestiones y hacé clic en Nueva Gestión.
  3. Seleccioná Inmobiliario, elegí Exenciones, hacé clic en Estados Extranjeros, representaciones diplomáticas  y consulares e Iniciar Gestión.
  4. Desplegá el listado Inmobiliario, seleccioná el/los inmuebles y hacé clic en Confirmar selección.
  5. Clic en Continuar.
  6. Completá las fechas. Si lo precisás, podés describir brevemente tu caso en Observaciones y hacé clic en Continuar.
  7. Adjuntá la documentación y hacé clic en Continuar.
  8. Completá los datos de contacto y continuá.
  9. Verificá el resumen, enviá la solicitud y ¡Listo!

Se generará el comprobante con el N° de Gestión. Podrás realizar el seguimiento desde la sección Consulta de Gestiones, en tu perfil.

Mantendrás la exención, siempre que continúes cumpliendo las condiciones.

Podés solicitarla en cualquier momento, siempre que no estés exento y te corresponda.

Sí. La podrás solicitar siguiendo el paso a paso indicado.