¿Para qué sirve?
Para solicitar la exención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre la actividad de Call Center.
- Tener clave CiDi o Clave Fiscal AFIP nivel 2. Si aún no lo hiciste, hacé clic acá para ver el paso a paso.
- Tener adherido el Domicilio Fiscal Electrónico (hacé clic acá para conocer el paso a paso).
- El establecimiento donde desarrollás la actividad tiene que estar ubicado en la Provincia de Córdoba.
- Contar con:
- La última declaración jurada presentada en AFIP de aportes y contribuciones de empleados.
- La última facturación de los proveedores de líneas telefónicas o medios de comunicación.
- Si sos una persona jurídica, deberás presentar:
- El Estatuto Social
- La constancia de constitución legal de la Persona Jurídica.
- En el caso de estar constituida en otra provincia, tené a mano la nómina de autoridades que conforman los órganos de administración (nombre completo, D.N.I. y C.U.I.T) con copia certificada del acta de su nombramiento o Inspección de Personas Jurídicas, de la continuidad en el cargo. Si las designaciones están vencidas, necesitás la documentación actualizada.
Para ver el paso a paso con capturas de pantallas, hacé clic acá.
- Ingresá a www.rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Clave Fiscal de AFIP.
- En tu perfil, seleccioná Gestiones y hacé clic en Nueva Gestión.
- Seleccioná Ingresos Brutos, elegí Exenciones, hacé clic en Call Center e Iniciar Gestión.
- Sobre Ingresos Brutos, desplegá el listado de actividades, seleccioná la misma y hacé clic en Confirmar selección.
- Tildá Sellos de corresponder y hacé clic en Continuar.
- Completá las fechas, cantidad de empleados y líneas telefónicas, dirección y modalidad operativa. Hacé clic en Continuar.
- Adjuntá la documentación y hacé clic en Continuar.
- Completá los datos de contacto y continuá.
- Verificá el resumen, enviá la solicitud y ¡Listo!
Se generará el comprobante con el N° de Gestión. Podrás realizar el seguimiento desde la sección Consulta de Gestiones, en tu perfil.
Podrás solicitarla en cualquier momento, siempre que no estés exento y te corresponda.
Mantendrás la exención, siempre que continúes cumpliendo las condiciones.
Sí. Solicitala siguiendo el paso a paso adjuntando histórico de actividades y categorías de AFIP.
Si te encontrás en el Régimen General o de Convenio Multilateral, tenés que seguir presentando las DDJJ.
Sí. Podés ingresar la solicitud y debés abonar el impuesto por la actividad gravada.
Si tributás bajo el Régimen Simplificado y tildás la opción de Exclusión al Régimen Simplificado, se cambiará el régimen de tributación al Régimen General a partir del mes siguiente de la presentación de la solicitud de Exención. Por lo cual, deberás presentar declaraciones juradas mensuales, declarando los ingresos por las actividades exentas y gravadas. Para poder excluirte deberás tener dos o más actividades y la actividad principal debe estar exenta.