Dirección General de Rentas

Transporte de carga

Exenciones - Ingresos Brutos

¿Para qué sirve?

Para solicitar la exención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos si realizás actividad de servicio de transporte de carga.

  • Tener clave de CiDi o Clave Fiscal AFIP nivel 2Si aún no lo hiciste, hacé clic acá  para ver el paso a paso.  
  • Tener adherido el Domicilio Fiscal Electrónico (hacé clic acá para conocer el paso a paso).
  • Estar inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
  • El servicio debés desarrollarlo con un solo vehículo y debe estar bajo su propiedad.
  • La capacidad de carga del vehículo no debe exceder los 3500 kilos.
  • Contar con la autorización de la Dirección de Transporte de la Provincia de Córdoba u organismo que la sustituya.
  • Los vehículos destinados a delivery no corresponden en esta exención.

Para ver el paso a paso con capturas de pantallas, hacé clic acá.

  1. Ingresá a www.rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Clave Fiscal de AFIP nivel 2 (para conocer cómo registrarte o gestionar tus claves, hacé clic acá).
  2. En tu perfil, seleccioná Gestiones y hacé clic en Nueva Gestión.
  3. Seleccioná Ingresos Brutos, elegí Exenciones, hacé clic en Transporte de carga e Iniciar Gestión.
  4. Sobre Ingresos Brutos, desplegá el listado de actividades, seleccioná la misma y hacé clic en Confirmar selección.
  5. Completá las fechas, patente y capacidad de carga. Tildá la opción en caso de solicitar la exclusión al régimen simplificado y continuá.
  6. Adjuntá la documentación y hacé clic en Continuar.
  7. Completá los datos de contacto y continuá.
  8. Verificá el resumen, enviá la solicitud y ¡Listo!

Se generará el comprobante con el N° de Gestión. Podrás realizar el seguimiento desde la sección Consulta de Gestiones, en tu perfil.

El plazo dependerá del período indicado en tu habilitación, siempre que mantengas las condiciones.

Podés solicitarla en cualquier momento, siempre que no estés exento y te corresponda.

Sí. La podrás solicitar siguiendo el paso a paso indicado, siempre que cumplas con los requisitos establecidos desde el año de tu solicitud. 

Sí. Podés ingresar la solicitud y debés abonar el impuesto por la actividad gravada.

Si tributás bajo el Régimen Simplificado y tildás la opción de Exclusión al Régimen Simplificado, se cambiará el régimen de tributación al Régimen General a partir del mes siguiente de la presentación de la solicitud de Exención. Por lo cual, deberás presentar declaraciones juradas mensuales, declarando los ingresos por las actividades exentas y gravadas. Para poder excluirte deberás tener dos o más actividades y la actividad principal debe estar exenta.