Dirección General de Rentas

Descarga de declaración jurada Regímenes Especiales / Listado de propiedades

Regímenes Especiales - Inmobiliario

¿Para qué sirve?

Para descargar la declaración jurada del año en curso, si estás inscripto en el Régimen Especial de Grupos Parcelarios o el formulario F-118 – Listado de propiedad, si estás en el Régimen Especial Adicional Rural. En el caso del Régimen Adicional Rural, también podrás descargar la declaración jurada de años anteriores.

  • Tener clave CiDi o Clave Fiscal AFIP nivel 2. Si aún no la hiciste, hacé clic acá para ver el paso a paso.
  • Tener adherido el Domicilio Fiscal Electrónico (hacé clic acá para conocer el paso a paso).
  • Contar con el número de régimen especial.

  1. Ingresá a www.rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Clave Fiscal de AFIP nivel 2 (para conocer cómo registrarte o gestionar tus claves, hace clic acá).
  2. En tu perfil, seleccioná Gestiones y hacé clic en Nueva Gestión.
  3. Seleccioná Inmobiliario, elegí Regímenes Especiales,  hacé clic en Descarga de declaración jurada Regímenes Especiales / Listado de propiedades e Iniciar Gestión.
  4. Elegí el número de régimen y descargá la declaración jurada.
  5. Hacé clic en descargar tu declaración jurada.
  6. ¡Listo!

Se generará el comprobante con el N° de Gestión. Podrás realizar su seguimiento desde la sección Consulta de Gestiones, en tu perfil.

A partir del 2023, para adicional rural el impuesto se autodeterminará, por lo que no deberá realizarse la presentación del Listado de propiedades. Sólo corresponderá presentarse cuando sea necesaria alguna modificación, incorporación o baja de cuentas. Con la excepción de quienes realicen su inscripción en el año en curso, deberán descargar y presentar el Listado de propiedades para que se genere su impuesto.

Descargá la declaración jurada,  verificá la misma y hacé la  Presentación declaración jurada Régimen Especial para que se genere tu impuesto.

No. Si estás dado de alta con anterioridad al 2023, sólo deberás realizar la presentación en caso de haber hecho alguna modificación (alta o baja de cuentas).

Sí. En caso de informar alguna incorporación, modificación o baja en la o las cuentas al 1º de enero del periodo fiscal que corresponda, deberás:
1- Descargar la declaración jurada / Listado de propiedades y efectuar las modificaciones.
2- Realizar la presentación antes del vencimiento, adjuntando documentación con los antecedentes de las parcelas o cuentas para su validación con los datos ya registrados.